La Patria Potestad, es un derecho que la ley le otorga a los padres sobre los hijos que son menores de edad, por lo que de manera voluntaria el padre o la madre pueden ceder sus derechos al padre que tiene la tenencia del menor.

Cabe indicar que el Código de la Niñez y Adolescencia, no manifiesta en si la patria potestad voluntaria, pero si manifiesta el concepto sobre la Patria Potestad, el cual establece en su artículo 105 “La patria potestad no solamente es el conjunto de derechos sino también de obligaciones de los padres relativos a sus hijos e hijas no emancipados, referentes al cuidado, educación, desarrollo integral, defensa de derechos y garantías de los hijos de conformidad con la Constitución y la ley”.

Es decir que el padre así haya cedido sus derechos a la madre, tiene obligación de seguir manteniendo a su hijo, ya que lo único que perdió de manera temporal, es el derecho a poder ver a su hijo, a relacionarse con él y a tomar decisiones sobre a la vida del menor.

Por ejemplo:

Ernesto y María tienen un hijo en común el cual es menor de edad. Ernesto decide de manera voluntaria cederle los derechos que tiene sobre su hijo a María, pero el menor sufre un desmayo, por el que es llevado de urgencia al hospital. El médico que lo atendió le indica a ambos padres que deben de operarlo inmediatamente, ya que tiene coágulos de sangre en su cabeza. La que debe firmar para que lo operen es María, ya que ella, al tener la patria potestad, es la única que puede tomar la decisión sobre su hijo.

Ernesto solo puede cubrir los gastos que sean necesarios para la operación y recuperación de su hijo, ya que lo único que no perdió es la obligación que tiene con el menor de edad.

Este trámite se realiza en la Unidad Judicial de Mujer, Niñez y Adolescencia Sur o Norte, dependiendo donde viva el menor de edad.

Los requisitos que se necesitan son los siguientes:

  • Copia de cédula del padre o madre quien va ceder los derechos que tiene sobre su hijo al padre que tiene la tenencia del menor de edad.
  • Partida de nacimiento actualizada del menor de edad.
  • Copia de cédula del menor de edad.
  • Copia de cédula de la madre o padre del cual se le va a ceder los derechos que tiene sobre la menor edad.

Puede solicitar la patria potestad aquel padre o madre que se encuetre en el exterior y desee brindarme una mayor estabilidad económica a su hijo.