INTRODUCCIÓN:

La Ley Orgánica del  Sistema Nacional de Contratación Pública es el procedimiento a través del cual un Ente que pertenece al ámbito público selecciona a una persona, con independencia de que sea física o jurídica, para que lleve a cabo la ejecución de una obra, la prestación de un servicio o, en su defecto, el suministro de un bien, todo ello destinado a la satisfacción de una finalidad pública.

Por lo cual ha ido dando un cambio sustancial en las compras públicas, al modernizar el sistema aplicable, introducir herramientas tecnológicas a los procedimientos pre-contractuales y dar nuevas definiciones jurídicas donde permite democratizar la contratación pública en el país e incluso permitir una mayor participación de proveedores en dichos procesos.

Sin embargo la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se vincula con otras normas jurídicas las cuales son: Constitución de la República del Ecuador, Código Orgánico de Organización Territorial Autónomo Descentralizado, Código Orgánico Administrativo, Código Orgánico General de Procesos, Ley Orgánica de Servicio Público, entre otros.

DESARROLLO:

La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública tiene un gran vínculo con la Constitución de la República del Ecuador, ya que se relacionan en el Articulo 11 #9 donde nos indica que el Estado, sus delegatarios, concesionarios y cualquier persona que actué en el ejercicio de una potestad publica, están obligados a reparar las violaciones de aquellos derechos de los particulares que por falta o deficiencia en la prestación de los servicios públicos fueron vulnerados y de lo cual se crea una base jurídica para que las personas puedan entablar un derecho de repetición en contra del Estado por aquel perjuicio que se le causo.

También nos manifiesta algo importante y es que el Artículo 287 de las C.R.E. nos manifiesta que solo las instituciones de derecho público podrán financiarse con tasas y contribuciones especiales impuestas por la ley.

El código Orgánico de Organización Territorial  Autónomo Descentralizado y la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública se relacionan, ya que contiene modalidades de gestión de los gobiernos autónomos descentralizados, ya sea regional, provincial o cantonal y estos podrán prestar sus servicios y ejecutar obras que son de su competencia de manera directa, por contrato, gestión compartida con la comunidad y con las empresas de economía mixta.

El Código Orgánico Administrativo se relaciona con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, este código menciona acuerdos o convenios al que llega una entidad, organismo o empresa pública, con una persona natural o jurídica, que toma el nombre de contratista y de los cuales estos convenios son para dar, hacer o no hacer algo a cambio de un precio y sobre todo con la finalidad de satisfacer las necesidades colectivas.

Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública también tiene una relación con La Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, este reglamento contiene el desarrollo de normas de la LOSNCP y principalmente de sus procedimientos precontractuales, para efectos de su aplicación.

Cabe mencionar que para los reclamos y recursos que quieran interponer los contratistas, no es necesario el abono o consignación de ningún valor para la presentación de aquello,  garantizando el libre acceso a la justicia.

La Ley de Modernización tiene una relación con LOSNCP, ya que contiene procedimientos pre-contractuales y régimen a aplicarse y no solo eso sino que delega a la iniciativa privada de la prestación de servicios públicos, las actividades económicas y obras públicas mediante contratos en los sectores públicos y privados.

Ley de Hidrocarburos y su Reglamento tiene un vínculo con la LOSNCP, ya que esta ley celebra contratos de asociación, participación, prestación de hidrocarburos o mediante otras formas  contractuales que se encuentran vigentes en la legislación de nuestro país.

El Código Orgánico General de Procesos con la LOSNCP, se relacionan porque es el instrumento necesario y esencial para que la función judicial se realice, toda vez que no es posible concebir la aplicación del derecho por virtud de órganos estatales pre instituido sin que  le haya precedido un proceso regular y válidamente realizado.

Ley de Mercado de valores con la LOSNCP, se relacionan con el único objetivo y es que las entidades accedan a la compra y emisión de valores en el Ecuador, así como para la inscripción de sus valores y los procesos de fiducia en general e inclusive que puedan participar los inversionistas del sector público, siempre y cuando cumplan con los requisitos que indica la Ley de Mercado de Valores.

Ley Orgánica de Servicio Público con la LOSNCP, esta ley junto con la LOSNCP tiene una relación la cual da la posibilidad de que los extranjeros puedan ingresar en los puestos de trabajo del sector público, siempre y cuando tengan la autorización del Ministerio de Relaciones Laborales.

En esta ley hay que mencionar algo importante y es que no podrán ingresar al sector público a personas que se encuentre en mora con las entidades del Servicio de Rentas Internas, el Gobierno Nacional, Gobiernos Autónomos Descentralizados entre otros.

Ley Orgánica de Compras Públicas con la LOSNCP, esta Ley se relaciona la una con la otra, ya que contempla un sistema de desconcentración empresarial para efecto de competencias administrativas para la contratación de bienes, obras y servicios, incluidos los de consultoría, así como la posible aplicación del sistema de contratación llamado compras corporativas previsto en la LOSNCP y de las cuales las empresas publicas puedan constituir cualquier tipo de asociaciones, alianzas estratégicas y sociedades de economía mixta con sectores públicos y privados.

La Ley de Compañías con la LOSNCP, esta ley determina que solo pueden constituir empresas de economía mixta para el desarrollo y fomento de la agricultura y de las industrias convenientes a la economía nacional y a la satisfacción de necesidades de orden colectivo; a la prestación de nuevos servicios públicos o al mejoramiento de los ya establecidos.

Código Civil Ecuatoriano con la LOSNCP, este código se relaciona con los contratos de permuta para cuya aplicación debe observarse lo previsto en el mencionado código y también nos indica que tanto en el Código Civil Ecuatoriano y la LOSNCP manifiesta de forma clara que los contratos son actos por el cual una parte se obliga para con otra dar, hacer o no hacer algo.

Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado con la LOSNCP, tiene mucha relación, ya que estudia y evalúa aspectos limitados de las actividades relativas a la gestión financiera, administrativa, operativa con posterioridad a su ejecución, por lo que deberá contener comentarios, conclusiones y recomendaciones.

Ley Orgánica de procuraduría General del Estado, esta ley cabe indicar que es muy importante y se relaciona con la LOSNCP, ya que da asesoramiento legal y absuelve las consultas jurídicas con carácter de vinculantes, sobre la inteligencia o aplicación de las normas constitucionales, legales o de otro orden jurídico, a pedido de las máximas autoridades de los organismos y entidades del sector público.

Código de Comercio, este código tiene mucha relación con la LOSNCP, ya que regula todos los actos de comercio, que son definidos como la compra de mercancía para revender, ya sea de cualquier naturaleza, como semielaborados, elaborados o sólo para alquilar o rentabilizar.

Este Código interviene en los siguientes casos: Empresas de carácter comercial o industrial, Operaciones de cambio y Compraventa de mercancía y alquiler de éstas.

Ley de Arbitraje y Mediación se relaciona con la LOSNCP, porque requiriere la autorización expresa de la máxima autoridad de la institución respectiva, previo el informe favorable del Procurador General del Estado, salvo que el arbitraje estuviere previsto en instrumentos internacionales vigentes.

Ley de Inquilinato esta ley tiene mucha relación con la LOSNCP, ya que exonera a las instituciones de derecho público y de derecho privado con finalidad pública de la obligación de inscribir sus bienes inmuebles a los destinados arrendamientos para la vivienda, y taller, y comercio, en las oficinas de Registro de Arrendamientos de las municipalidades.

Código Orgánico Electoral tiene relación ya que desde la convocatoria a elecciones las organizaciones políticas podrán realizar, por su iniciativa, las actividades tendientes a difundir sus principios ideológicos, programas de gobierno, planes de trabajo y candidaturas, siempre que no implique la contratación en prensa escrita, radio, televisión y vallas publicitarias.

Por lo tanto habrá infracciones en el caso de que se efectué alguna contratación de forma directa o por terceros.

Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, este presente código tiene relación con la LOSNCP, ya que las instituciones públicas están obligadas a aplicar el principio de inclusión en sus adquisiciones. Para fomentar al Instituto Nacional de Compras Públicas donde deberá incentivar y monitorear que todas las entidades contratantes cumplan lo siguiente:

Establecer criterios de inclusión para MIPYMES, en los procedimientos y proporciones establecidos por el Sistema Nacional de Contratación Pública;

 Otorgar todas las facilidades a las MIPYMES para que cuenten con una adecuada información sobre los procesos en los cuales pueden participar, de manera oportuna;

 Procurar la simplificación de los trámites para intervenir como proveedores del Estado.

Código Orgánico de Economía Popular y Solidaria,  este código ha llegado a tener relación con la LOSNCP, ya que el Estado establece medidas de fomento a favor de personas y organizaciones amparadas por la ley.

Por lo que el sistema nacional de contratación pública de forma obligatoria implementará en los procedimientos de contratación pública establecidos en la Ley de la materia, márgenes de preferencia a favor de las personas y organizaciones regidas por esta Ley, en el siguiente orden: Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria; y Unidades Económicas Populares.

Código de Derecho Internacional Privado Sánchez Bustamante, es muy importante indicar que este código tiene una relación, un vínculo con la LOSNCP, ya que esta tiene Las disposiciones relativas a los lugares y casas de contratación mercantil y cotización oficial de efectos públicos y documentos de crédito al portador, y son de orden público internacional.

 Código de Trabajo, esta se relaciona, ya que nos habla sobre el servicio doméstico que puede contratarse por tiempo determinado; pero no podrá estipularse que durará más de un año, a menos que conste estipulación por escrito, autorizada por el Juez del Trabajo. Ni aún en esta forma, podrá durar más de tres años.

Código de la Niñez y Adolescencia este código se relaciona, ya que se deberá  velar por la protección y el cumplimiento de los derechos laborales de la persona adolescente. Para cumplir sus fines deberá reglamentar todo lo relativo a su contratación en especial el tipo de labores permitidas y las condiciones necesarias de trabajo.

CONCLUSIÓN:

Finalmente todas estas leyes se relacionan con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, y nos manifiesta que todas las personas, ya sea de empresas publica y privadas, podrán participar en compras públicas e inclusive participar en grupos de asociaciones sin ningún inconveniente.

También velarán por la protección de los menores que trabajan en el sector público y privado y no solo eso sino que se le dará la posibilidad de ingresar a los extranjeros en el caso de ser necesario su servicio en el sector público.

Cabe recalcar algo importante y es que en el caso de estar en mora por deudas con las entidades como el Servicio de Rentas Internas, el Gobierno Nacional y el Gobierno Autónomo Descentralizado no podrán ingresar a trabajar en el sector público.

BIBLIOGRAFIA